CONSULTA LA HORA DE TU PAIS
LA ALIANZA DE COLECTIVOS DE LA DIVERSIDAD SEXUAL "URUGUAY DIVERSO" FUE FUNDADA EL 7 DE JUNIO DE 2006, AUNQUE LOS GRUPOS QUE LA COMPONEN DATAN DESDE EL AÑO 2000, 2003 Y 2004.
jueves 23 de septiembre de 2010
jueves 13 de mayo de 2010
CONFERENCIA DE PRENSA DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA LESBOFOBIA, HOMOFOBIA, TRANSFOBIA Y QUEERFOBIA.
CONFERENCIA DE PRENSA
DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA
LESBOFOBIA, HOMOFOBIA, TRANSFOBIA Y QUEERFOBIA.
Viernes 14 de mayo, 13:00 hs. Sala de Acuerdos de la Intendencia de Montevideo
La Intendenta de Montevideo Esc. Hyara Rodríguez y representantes de diversas organizaciones civiles y estatales de la Mesa de Trabajo de Diversidad Sexual realizarán, el próximo viernes 14 de mayo , una conferencia de prensa en el marco de la conmemoración de esta fecha a las 13:00 hs. en la Sala de Acuerdos del Palacio Municipal.
La Mesa de Trabajo de Diversidad Sexual se inauguró el jueves 17 de abril de 2008 en la Casa de las Ciudadanas en el marco del 2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Varones (2007-2010).
La Mesa está integrada por distintas instituciones de la sociedad civil organizada, organismos del estado, además de la participación de representantes de la Comisión de Equidad y Género de la Intendencia Municipal de Montevideo.
Principales objetivos y líneas de trabajo:
* Favorecer, profundizar y promover las diferentes iniciativas del 2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos respecto a la Diversidad Sexual y su vinculación con el ejercicio de los derechos humanos, en coordinación con instituciones gubernamentales y de la sociedad civil organizada .
* Articular acciones entre instituciones gubernamentales y de la sociedad civil en relación a la diversidad sexual de manera de dar seguimiento a las medidas incorporadas en el 2º PIOD específicas de la diversidad sexual.
En su última reunión desarrollada la Mesa de Trabajo resolvió realizar diferentes acciones en el marco del Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia ( IDAHO, International Day against Homophobia and Transphobia) a celebrarse el día 17 de mayo, fecha elegida por coincidir con la eliminación en 1990 de la listas de enfermedades mentales por parte de la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud ( OMS ) de la homosexualidad .
En este día los colectivos de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales y queers de todas partes del mundo pretenden sensibilizar a la sociedad e incorporar en la agenda pública la existencia y la gravedad de las discriminaciones hacia el colectivo LGBTQ, mediante el establecimiento institucional de este día como jornada de denuncia, reflexión y actuación contra estas formas de discriminación.
Estas fobias son consideradas el conjunto de creencias, opiniones y conductas de agresión, odio, desprecio, ridiculización, etc. que se producen contra las personas homosexuales, lesbianas, bisexuales, transexuales y queers. Se trata de una discriminación por orientación sexual o por identidad de género, esta se alimenta de odio, prejuicios y miedo hacia quien es considerado diferente según los estereotipos culturales aceptados, no reconociendo las múltiples expresiones de la diversidad humana.
La discriminación es una violación a los derechos humanos de las personas discriminadas. Esto se encuentra consagrado en numerosos instrumentos internacionales de Derechos humanos tanto en el ámbito internacional (Declaración Universal de los derechos Humanos; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación Racial; Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ; Convención de los Niños-as, entre otros) como en el ámbito Interamericano (Declaración Americana de Derechos del Hombre; Convención Americana; Protocolo de San Salvador; Convención de Belem do Pará, entre otras), desde 1945 a la fecha. Instrumentos que han sido incorporados a la legislación interna uruguaya. Asimismo, en Uruguay existe un marco legal específico que penaliza este tipo de comportamientos. La Ley N º 17.817 de lucha contra el Racismo, la Xenofobia y otras formas de discriminación y en su artículo 2 dice: …” se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de …género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales…”.
Por su parte la ley Nº 17.677 que reforma el Código Penal en su artículo 149:
ARTÍCULO 149 bis. (Incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas).- El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión".
"ARTÍCULO 149 ter (Comisión de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas).- El que cometiere actos de violencia moral o física de odio o de desprecio contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión".
La discriminación no es un problema únicamente de la comunidad LGBTQ o de las organizaciones activistas es un problema de todos y todas como sociedad, y su eliminación exige el compromiso de la comunidad y todas sus instituciones.
DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA
LESBOFOBIA, HOMOFOBIA, TRANSFOBIA Y QUEERFOBIA.
Viernes 14 de mayo, 13:00 hs. Sala de Acuerdos de la Intendencia de Montevideo
La Intendenta de Montevideo Esc. Hyara Rodríguez y representantes de diversas organizaciones civiles y estatales de la Mesa de Trabajo de Diversidad Sexual realizarán, el próximo viernes 14 de mayo , una conferencia de prensa en el marco de la conmemoración de esta fecha a las 13:00 hs. en la Sala de Acuerdos del Palacio Municipal.
La Mesa de Trabajo de Diversidad Sexual se inauguró el jueves 17 de abril de 2008 en la Casa de las Ciudadanas en el marco del 2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Varones (2007-2010).
La Mesa está integrada por distintas instituciones de la sociedad civil organizada, organismos del estado, además de la participación de representantes de la Comisión de Equidad y Género de la Intendencia Municipal de Montevideo.
Principales objetivos y líneas de trabajo:
* Favorecer, profundizar y promover las diferentes iniciativas del 2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos respecto a la Diversidad Sexual y su vinculación con el ejercicio de los derechos humanos, en coordinación con instituciones gubernamentales y de la sociedad civil organizada .
* Articular acciones entre instituciones gubernamentales y de la sociedad civil en relación a la diversidad sexual de manera de dar seguimiento a las medidas incorporadas en el 2º PIOD específicas de la diversidad sexual.
En su última reunión desarrollada la Mesa de Trabajo resolvió realizar diferentes acciones en el marco del Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia ( IDAHO, International Day against Homophobia and Transphobia) a celebrarse el día 17 de mayo, fecha elegida por coincidir con la eliminación en 1990 de la listas de enfermedades mentales por parte de la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud ( OMS ) de la homosexualidad .
En este día los colectivos de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales y queers de todas partes del mundo pretenden sensibilizar a la sociedad e incorporar en la agenda pública la existencia y la gravedad de las discriminaciones hacia el colectivo LGBTQ, mediante el establecimiento institucional de este día como jornada de denuncia, reflexión y actuación contra estas formas de discriminación.
Estas fobias son consideradas el conjunto de creencias, opiniones y conductas de agresión, odio, desprecio, ridiculización, etc. que se producen contra las personas homosexuales, lesbianas, bisexuales, transexuales y queers. Se trata de una discriminación por orientación sexual o por identidad de género, esta se alimenta de odio, prejuicios y miedo hacia quien es considerado diferente según los estereotipos culturales aceptados, no reconociendo las múltiples expresiones de la diversidad humana.
La discriminación es una violación a los derechos humanos de las personas discriminadas. Esto se encuentra consagrado en numerosos instrumentos internacionales de Derechos humanos tanto en el ámbito internacional (Declaración Universal de los derechos Humanos; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación Racial; Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ; Convención de los Niños-as, entre otros) como en el ámbito Interamericano (Declaración Americana de Derechos del Hombre; Convención Americana; Protocolo de San Salvador; Convención de Belem do Pará, entre otras), desde 1945 a la fecha. Instrumentos que han sido incorporados a la legislación interna uruguaya. Asimismo, en Uruguay existe un marco legal específico que penaliza este tipo de comportamientos. La Ley N º 17.817 de lucha contra el Racismo, la Xenofobia y otras formas de discriminación y en su artículo 2 dice: …” se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de …género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales…”.
Por su parte la ley Nº 17.677 que reforma el Código Penal en su artículo 149:
ARTÍCULO 149 bis. (Incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas).- El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión".
"ARTÍCULO 149 ter (Comisión de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas).- El que cometiere actos de violencia moral o física de odio o de desprecio contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión".
La discriminación no es un problema únicamente de la comunidad LGBTQ o de las organizaciones activistas es un problema de todos y todas como sociedad, y su eliminación exige el compromiso de la comunidad y todas sus instituciones.
sábado 26 de septiembre de 2009
PUBLICADO EN "LA REPUBLICA" DEL 26 setiembre


Logros. Ayer la colectividad festejaba las leyes sancionadas en esta administración
Una edición muy especial de la Marcha de la Diversidad
Próximo a las 19.30 de la víspera comenzó una nueva celebración de la Marcha de la Diversidad Sexual. Los organizadores estimaban llegar a 10.000 personas y superar la cantidad de público de 2008. Este año, la colectividad LGTB festejaba, sobre todo, logros tales como las leyes de Unión Concubinaria y Adopción.
El evento, que arrancó en la Puerta de la Ciudadela, se extendió hasta las primeras horas de hoy, con un cierre musical de la Teja Pride y la DJ Paola Dalto en pleno 18 de Julio, a la altura de Plaza Cagancha.
Antes, los activistas leyeron una proclama en la que se destacó la aprobación de dos leyes en este gobierno: la de Unión Concubinaria y la de Adopción, que establece cambios en el articulado del Código de la Niñez.
Distinta a todas
Minutos antes de comenzar la edición número 17 de la Marcha de la Diversidad Sexual, organizada por diversos organizaciones de la comunidad LGBT (Lesbianas, Gay, Bisexuales y Trans-travestis, transexuales y transgéneros), Marcelo Otero, activista del Colectivo Ovejas Negras, dijo a LA REPUBLICA que la de ayer "no era un marcha más".
"La colectividad festeja los logros que se alcanzaron en esta administración", expresó. La ley que legaliza la situación de los concubinos, de igual o distinto sexo, y la normativa que se aprobó recientemente y que establece cambios significativos en la adopción, permitiendo, de acuerdo a lo que se estima, que las parejas de un mismo sexo puedan adoptar niños, son algunas de estas metas cumplidas.
Sin embargo, el 1º de octubre se realizará una sesión extraordinaria en el Senado para discutir el proyecto de Cambio de Sexo Registral. La iniciativa ya fue aprobada en Diputados, pero sufrió varias modificaciones de los legisladores que no son del agrado de la colectividad. "Lo más positivo es que próximamente las personas que quieran adecuar sus documentos a la identidad de género que sientan, van a poder concretarlo", comentó Otero.
A pesar de que en un principio sí se podía modificar la partida de nacimiento, los legisladores no lo vieron viable, y sólo se podrá cambiar el nombre y sexo en la cédula de identidad, pasaporte, credencial cívica y otros documentos personales.
En la actualidad existen personas que ya han podido modificar su nombre y sexo en la cédula de identidad para adecuarlos a su identidad de género. Abigail Pereira y la activista María Paz Gorostizaga son dos ejemplos de ello, pero pudieron lograrlo "por vías totalmente distintas", aclaró el activista.
viernes 25 de septiembre de 2009
martes 31 de marzo de 2009
Carta al Ministro de Educación y Cultura del Uruguay
Carta al Ministro de Educación y Cultura del Uruguay
March 27, 2009
María Simón
Ministra de Educación y Cultura
Reconquista 535, piso 9
Respetada Ministra Simón:
A nombre de Human Rights Watch le escribo para expresarle nuestra preocupación por la decisión de dos importantes canales de televisión, el 4 y el 10, de no emitir un aviso televisivo que forma parte de una campaña de Ovejas Negras, un colectivo que trabaja por los derechos humanos de las lesbianas, gays, personas bisexuales y transgénero (LGBT) en Uruguay. Por su parte, el canal 12 aceptó difundir la campaña pero fuera del horario central, después de las 10 de la noche, y cobrando el mismo precio que corresponde a una emisión a las 8 de la noche, en horario central.
Utilizando afiches y anuncios en televisión y radio, la campaña concientiza sobre las leyes 17.677 y 17.817 que prohíben los crímenes de odio y la discriminación por varias causales, incluyendo la orientación sexual y la identidad de género. El aviso en cuestión muestra a una pareja lésbica, otra gay y una tercera transgénero, todas besándose. El lema del anuncio es “un beso es un beso”. Los canales de televisión públicos – Canal 5 y TV Ciudad- accedieron a emitir el anuncio sin costo y varias veces al día.
Nos preocupa que no existan garantías adecuadas para asegurar que los medios de comunicación privados cumplan con sus obligaciones de no discriminar por las causales protegidas al cumplir con su deber de difundir información de interés público.
Según el coordinador de Ovejas Negras, el Canal 10 (Saeta Televisión) se negó a emitir el aviso afirmando que las imágenes “estéticamente, no estaban dentro de los lineamientos del canal”. Consideró que el aviso era “violento” y “agresivo”. El Canal 4 (Montecarlo) se sumó a la decisión del Canal 10. El Canal 12 – Teledoce, se tomó quince días para responder a la solicitud efectuada por Ovejas Negras y accedió a difundir el aviso pero sólo después de las diez de la noche. Ovejas Negras les ofreció a los tres canales pagar por la difusión de la publicidad. El Canal 12 les cobró la tarifa de horario central aun cuando les asignaba un horario marginal.
Si bien los canales en cuestión son entidades privadas con fines de lucro, las estaciones de televisión tienen deberes públicos que están regulados por la ley. Como es de su conocimiento, el Decreto 734/78, promulgado por el Ministerio de Defensa Nacional el 20 de diciembre de 1978 regula, entre otras cosas, la publicidad en emisoras privadas comerciales y define a todos los servicios de radio y teledifusión –tanto privados como públicos—como “servicios de interés público”. El Artículo 33 del Decreto le otorga a la Dirección Nacional de Comunicaciones la facultad de exigir a los canales que dediquen hasta 30 minutos diarios a difundir información que se considera de interés nacional. De esta manera el Estado es responsable de garantizar que estas entidades cumplan con la función pública que les cabe sin ser discriminatorias sin que irrespeten los derechos humanos.
Human Rights Watch considera que en este caso es clara la responsabilidad del gobierno en cuanto a garantizar que cualquier decisión de negarse a difundir un aviso destinado a promover el debate en la sociedad acerca de un tema de gran interés social, aun si quien la toma es una entidad privada, no esté fundada en formas de discriminación que están prohibidas por la ley y que se respete plenamente la libertad de expresión.
Aunque es cierto que los canales de televisión públicos han aceptado emitir el comercial, un hecho significativo es que en Uruguay son los canales privados los que cuentan con los índices y porcentajes de audiencia más elevados. Según Medias y Moda, una revista de comunicación, en febrero de 2009 el Canal 12 tuvo un índice promedio de audiencia del 62,9% seguido por el Canal 10 con el 53,6% y el Canal 4 con el 46,9%. En contraste con esto, uno de los canales públicos, el Canal 5, sólo tuvo un índice de audiencia del 12,9% (http://www.mediasymodas.com/HISTORIAL/060.html).
Este es un factor decisivo que debe tomar en cuenta el gobierno al regular la forma en que individuos y organizaciones pueden acceder a esos canales para difundir información de interés público. Resulta claro que el acceso a los medios de propiedad privada tiene una importancia fundamental para los grupos que quieren difundir materiales de interés público, o que desean participar en un debate general de importancia pública y urgente.
En Vgt Verein gegen Tierfabriken c/ Suiza, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que se había violado el derecho a la libertad de expresión cuando un canal privado de televisión se negó a difundir un aviso preparado por una asociación para la protección de los animales. El Tribunal consideró que el objetivo de la asociación había sido tomar parte en un debate general y que las autoridades nacionales no habían podido proporcionar razones relevantes y suficientes por las que la negativa a emitir el aviso pudiera haberse justificado. El Tribunal destacó el hecho de que la asociación no tenía otro medio de llegar a la población de todo el país que no fuera a través de los programas televisivos.
En otros países de América Latina, como Brasil, el sistema judicial ya ha tomado medidas frente a lo que podría considerarse programación discriminatoria para con la población LGBT por parte de medios privados. En octubre de 2005 treinta organizaciones de derechos humanos brasileñas entablaron una demanda civil contra la Rede TV, una cadena privada que emitía un programa –“Tarde Quente”. De acuerdo con las organizaciones demandantes, este programa mostraba a las personas LGBT de formas homofóbicas y discriminatorias. El juez coincidió con sus argumentos y, como remedio, le ordenó a Rede TV emitir treinta horas de programación con contenidos de derechos humanos y educativos creados por las organizaciones involucradas en la demanda colectiva.
En su Opinión Consultiva OC-5/85 la Corte Interamericana de Derechos Humanos también reiteró que la libertad de expresión (tal como la protege el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) exige que “los medios de comunicación estén potencialmente abiertos a todos sin discriminación alguna o, para decirlo con mayor precisión, que ningún individuo o grupo esté excluido del acceso a tales medios” (Compulsory Membership in an Association Prescribed by Law for the Practice of Journalism, November 13, 1985, Series A, No. 5, para. 34-35). Uruguay es un estado parte de la Convención Americana desde 1985.
Uruguay también es signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos desde 1970. El Pacto protege los derechos a la libertad de expresión (Artículo 19) y a la no discriminación (Artículos 2 y 26). El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas –que tiene a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones estatales en relación al Pacto- sostuvo en 1994 en el caso Toonen c/Australia que la orientación sexual debía ser entendida como categoría protegida contra la discriminación en las disposiciones del Pacto referidas a la igualdad. Uruguay tiene la obligación de respetar y proteger estos derechos, que en el caso que nos ocupa se traduce en garantizar su pleno respeto por parte de las entidades privadas que ejercen funciones públicas.
Celebramos el hecho de que Uruguay sea un líder a nivel regional y global en la protección de los derechos humanos de las personas LGBT y esperamos que ese liderazgo vuelva a ponerse de manifiesto en este caso. Por eso las y los exhortamos a indagar cuáles son las razones que subyacen a las decisiones de los Canales 4 y 10 de no emitir el aviso preparado por el Colectivo Ovejas Negras y a los argumentos del Canal 12 para emitirlo sólo después de las diez de la noche. También las y los exhortamos a tomar las medidas necesarias para garantizar que a los medios privados no se les permita actuar de formas que constituyan discriminación ilegal contra las personas LGBT.
Cordialmente,
Scott Long
Director
Programa de Lesbianas, Gays, personas Bisexuales y Transgénero
Human Rights Watch
c.c. Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y otras formas de Discriminación
Dirección Nacional de Comunicaciones-Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
VOCES DEL ARCOIRIS, PRENSA Y DIFUSION DE LA DIVERSIDAD SEXUAL, PATROCINADO POR EL REINO DE LOS PAISES BAJOS.
TODOS LOS SABADOS A LAS 19:30hs (hora uruguaya), POR CX30 RADIO NACIONAL, 1130 AM del dial, transmitiendo para Uruguay, Mercosur y todo el Mundo.
Por Internet retransmite en diferido: Radio Bulo FM, los viernes a las 9:30hs
http://www.bulofm.com
http://uruguaydiverso.blogspot.com
http://www.la30.com.uy
March 27, 2009
María Simón
Ministra de Educación y Cultura
Reconquista 535, piso 9
Respetada Ministra Simón:
A nombre de Human Rights Watch le escribo para expresarle nuestra preocupación por la decisión de dos importantes canales de televisión, el 4 y el 10, de no emitir un aviso televisivo que forma parte de una campaña de Ovejas Negras, un colectivo que trabaja por los derechos humanos de las lesbianas, gays, personas bisexuales y transgénero (LGBT) en Uruguay. Por su parte, el canal 12 aceptó difundir la campaña pero fuera del horario central, después de las 10 de la noche, y cobrando el mismo precio que corresponde a una emisión a las 8 de la noche, en horario central.
Utilizando afiches y anuncios en televisión y radio, la campaña concientiza sobre las leyes 17.677 y 17.817 que prohíben los crímenes de odio y la discriminación por varias causales, incluyendo la orientación sexual y la identidad de género. El aviso en cuestión muestra a una pareja lésbica, otra gay y una tercera transgénero, todas besándose. El lema del anuncio es “un beso es un beso”. Los canales de televisión públicos – Canal 5 y TV Ciudad- accedieron a emitir el anuncio sin costo y varias veces al día.
Nos preocupa que no existan garantías adecuadas para asegurar que los medios de comunicación privados cumplan con sus obligaciones de no discriminar por las causales protegidas al cumplir con su deber de difundir información de interés público.
Según el coordinador de Ovejas Negras, el Canal 10 (Saeta Televisión) se negó a emitir el aviso afirmando que las imágenes “estéticamente, no estaban dentro de los lineamientos del canal”. Consideró que el aviso era “violento” y “agresivo”. El Canal 4 (Montecarlo) se sumó a la decisión del Canal 10. El Canal 12 – Teledoce, se tomó quince días para responder a la solicitud efectuada por Ovejas Negras y accedió a difundir el aviso pero sólo después de las diez de la noche. Ovejas Negras les ofreció a los tres canales pagar por la difusión de la publicidad. El Canal 12 les cobró la tarifa de horario central aun cuando les asignaba un horario marginal.
Si bien los canales en cuestión son entidades privadas con fines de lucro, las estaciones de televisión tienen deberes públicos que están regulados por la ley. Como es de su conocimiento, el Decreto 734/78, promulgado por el Ministerio de Defensa Nacional el 20 de diciembre de 1978 regula, entre otras cosas, la publicidad en emisoras privadas comerciales y define a todos los servicios de radio y teledifusión –tanto privados como públicos—como “servicios de interés público”. El Artículo 33 del Decreto le otorga a la Dirección Nacional de Comunicaciones la facultad de exigir a los canales que dediquen hasta 30 minutos diarios a difundir información que se considera de interés nacional. De esta manera el Estado es responsable de garantizar que estas entidades cumplan con la función pública que les cabe sin ser discriminatorias sin que irrespeten los derechos humanos.
Human Rights Watch considera que en este caso es clara la responsabilidad del gobierno en cuanto a garantizar que cualquier decisión de negarse a difundir un aviso destinado a promover el debate en la sociedad acerca de un tema de gran interés social, aun si quien la toma es una entidad privada, no esté fundada en formas de discriminación que están prohibidas por la ley y que se respete plenamente la libertad de expresión.
Aunque es cierto que los canales de televisión públicos han aceptado emitir el comercial, un hecho significativo es que en Uruguay son los canales privados los que cuentan con los índices y porcentajes de audiencia más elevados. Según Medias y Moda, una revista de comunicación, en febrero de 2009 el Canal 12 tuvo un índice promedio de audiencia del 62,9% seguido por el Canal 10 con el 53,6% y el Canal 4 con el 46,9%. En contraste con esto, uno de los canales públicos, el Canal 5, sólo tuvo un índice de audiencia del 12,9% (http://www.mediasymodas.com/HISTORIAL/060.html).
Este es un factor decisivo que debe tomar en cuenta el gobierno al regular la forma en que individuos y organizaciones pueden acceder a esos canales para difundir información de interés público. Resulta claro que el acceso a los medios de propiedad privada tiene una importancia fundamental para los grupos que quieren difundir materiales de interés público, o que desean participar en un debate general de importancia pública y urgente.
En Vgt Verein gegen Tierfabriken c/ Suiza, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que se había violado el derecho a la libertad de expresión cuando un canal privado de televisión se negó a difundir un aviso preparado por una asociación para la protección de los animales. El Tribunal consideró que el objetivo de la asociación había sido tomar parte en un debate general y que las autoridades nacionales no habían podido proporcionar razones relevantes y suficientes por las que la negativa a emitir el aviso pudiera haberse justificado. El Tribunal destacó el hecho de que la asociación no tenía otro medio de llegar a la población de todo el país que no fuera a través de los programas televisivos.
En otros países de América Latina, como Brasil, el sistema judicial ya ha tomado medidas frente a lo que podría considerarse programación discriminatoria para con la población LGBT por parte de medios privados. En octubre de 2005 treinta organizaciones de derechos humanos brasileñas entablaron una demanda civil contra la Rede TV, una cadena privada que emitía un programa –“Tarde Quente”. De acuerdo con las organizaciones demandantes, este programa mostraba a las personas LGBT de formas homofóbicas y discriminatorias. El juez coincidió con sus argumentos y, como remedio, le ordenó a Rede TV emitir treinta horas de programación con contenidos de derechos humanos y educativos creados por las organizaciones involucradas en la demanda colectiva.
En su Opinión Consultiva OC-5/85 la Corte Interamericana de Derechos Humanos también reiteró que la libertad de expresión (tal como la protege el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) exige que “los medios de comunicación estén potencialmente abiertos a todos sin discriminación alguna o, para decirlo con mayor precisión, que ningún individuo o grupo esté excluido del acceso a tales medios” (Compulsory Membership in an Association Prescribed by Law for the Practice of Journalism, November 13, 1985, Series A, No. 5, para. 34-35). Uruguay es un estado parte de la Convención Americana desde 1985.
Uruguay también es signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos desde 1970. El Pacto protege los derechos a la libertad de expresión (Artículo 19) y a la no discriminación (Artículos 2 y 26). El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas –que tiene a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones estatales en relación al Pacto- sostuvo en 1994 en el caso Toonen c/Australia que la orientación sexual debía ser entendida como categoría protegida contra la discriminación en las disposiciones del Pacto referidas a la igualdad. Uruguay tiene la obligación de respetar y proteger estos derechos, que en el caso que nos ocupa se traduce en garantizar su pleno respeto por parte de las entidades privadas que ejercen funciones públicas.
Celebramos el hecho de que Uruguay sea un líder a nivel regional y global en la protección de los derechos humanos de las personas LGBT y esperamos que ese liderazgo vuelva a ponerse de manifiesto en este caso. Por eso las y los exhortamos a indagar cuáles son las razones que subyacen a las decisiones de los Canales 4 y 10 de no emitir el aviso preparado por el Colectivo Ovejas Negras y a los argumentos del Canal 12 para emitirlo sólo después de las diez de la noche. También las y los exhortamos a tomar las medidas necesarias para garantizar que a los medios privados no se les permita actuar de formas que constituyan discriminación ilegal contra las personas LGBT.
Cordialmente,
Scott Long
Director
Programa de Lesbianas, Gays, personas Bisexuales y Transgénero
Human Rights Watch
c.c. Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y otras formas de Discriminación
Dirección Nacional de Comunicaciones-Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
VOCES DEL ARCOIRIS, PRENSA Y DIFUSION DE LA DIVERSIDAD SEXUAL, PATROCINADO POR EL REINO DE LOS PAISES BAJOS.
TODOS LOS SABADOS A LAS 19:30hs (hora uruguaya), POR CX30 RADIO NACIONAL, 1130 AM del dial, transmitiendo para Uruguay, Mercosur y todo el Mundo.
Por Internet retransmite en diferido: Radio Bulo FM, los viernes a las 9:30hs
http://www.bulofm.com
http://uruguaydiverso.blogspot.com
http://www.la30.com.uy
sábado 28 de marzo de 2009
miércoles 25 de marzo de 2009
LAS DAMAS DE ACERO
LAS DAMAS DE ACERO
Autor: Claude Danaud
Dir: Hugo Blandamuro
Actores: Fernando Landó, Daniel Videla y Carlos Morán
Una obra que ofrece humor negro con muy buenas interpretaciones de
estos tres actores que se hacen cargo de los personajes de tres mujeres
cuyo único hilo conductor es la androginia. De la mano de Blandamuro,
en cuya dirección queda plasmada una vez más su concientización de
espacio. Con un despliegue de vestuario que Pedro Masuri supo adaptar
muy bien a las circunstancias. Los invitamos a ver esta obra.
Teatro del Centro - viernes y sábados 23 hs. domingos 22 hs.
En el programa de Voces del ArcoIris, los sábados 19 y 30 a 21, en
CX30 se sortean invitaciones. Copiando el logo del espectáculo, 2x1
Walter Loriente.
Autor: Claude Danaud
Dir: Hugo Blandamuro
Actores: Fernando Landó, Daniel Videla y Carlos Morán
Una obra que ofrece humor negro con muy buenas interpretaciones de
estos tres actores que se hacen cargo de los personajes de tres mujeres
cuyo único hilo conductor es la androginia. De la mano de Blandamuro,
en cuya dirección queda plasmada una vez más su concientización de
espacio. Con un despliegue de vestuario que Pedro Masuri supo adaptar
muy bien a las circunstancias. Los invitamos a ver esta obra.
Teatro del Centro - viernes y sábados 23 hs. domingos 22 hs.
En el programa de Voces del ArcoIris, los sábados 19 y 30 a 21, en
CX30 se sortean invitaciones. Copiando el logo del espectáculo, 2x1
Walter Loriente.
UN BESO ES UN BESO
Nuestro compañero de grupo, Walter Loriente, fue enviado especialmente en representacion de Voces del Arcoiris, al lanzamiento de la campaña "UN BESO ES UN BESO"
Además de felicitar a l@s compañer@s del Coletivo Ovejas Negras por la campaña publicitaria, es una forma de solidarizarnos ante la conducta discriminatoria llevada a cabo por canal 10. La actitud de ese canal de TV hiere la sensibilidad no solo de sus organizadores, sino de todo el colectivo lgtb-queer.
Invitamos a leer el articulo de AGMagazine:
Inédita campaña por la visibilidad gay lésbica trans en medios de Uruguay
Por Redacción AG Magazine 23 Marzo 2009
Un beso gay también es un beso.
Un beso gay también es un beso. Una de las tres parejas que aparecen en la campaña.
Se trata de la primera campaña de medios contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en Uruguay mimpulsada por una ONG, en este caso el Colectivo Ovejas Negras, que trabaja por la igualda de gays, lesbianas, bisexuales y transexuales.
La campaña consta de afiches, anuncios gráficos en vía pública y transporte urbano, spots radiales y hasta un aviso de televisión que serán visto por miles de montevideanos durante las próximas cuatro semanas.
Afiche de la campaña.
Afiche de la campaña.
Presentada hoy en la sala Paulina Luisi del Parlamento Nacional uruguayo —con la asistencia de autoridades nacionales y precandidatos presidenciales— esta campaña está financiada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Reino de los Países Bajos además de contar con el apoyo oficial del Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Educación y Cultura, Canal 5 de Televisión Nacional y Tevé Ciudad.
El anuncio en los buses que circulan por la capital uruguaya.
El anuncio en los buses que circulan por la capital uruguaya.
En suma, la campaña se hará pública durante un mes en las radios Montecarlo, El Espectador, Océano, Aire FM, Uruguay 1050 AM Sodre y Clásica 650 AM Sodre. En televisión se emitirá el spot sólo en Canal 5 y TV Ciudad luego de que Canal 10 decidió no emitirlo. Y en autobuses, los anuncios estarán presentes en el transporte urbano de pasajeros, en 70 micros de la empresa Cutcsa.




Además de felicitar a l@s compañer@s del Coletivo Ovejas Negras por la campaña publicitaria, es una forma de solidarizarnos ante la conducta discriminatoria llevada a cabo por canal 10. La actitud de ese canal de TV hiere la sensibilidad no solo de sus organizadores, sino de todo el colectivo lgtb-queer.
Invitamos a leer el articulo de AGMagazine:
Inédita campaña por la visibilidad gay lésbica trans en medios de Uruguay
Por Redacción AG Magazine 23 Marzo 2009
Un beso gay también es un beso.
Un beso gay también es un beso. Una de las tres parejas que aparecen en la campaña.
Se trata de la primera campaña de medios contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en Uruguay mimpulsada por una ONG, en este caso el Colectivo Ovejas Negras, que trabaja por la igualda de gays, lesbianas, bisexuales y transexuales.
La campaña consta de afiches, anuncios gráficos en vía pública y transporte urbano, spots radiales y hasta un aviso de televisión que serán visto por miles de montevideanos durante las próximas cuatro semanas.
Afiche de la campaña.
Afiche de la campaña.
Presentada hoy en la sala Paulina Luisi del Parlamento Nacional uruguayo —con la asistencia de autoridades nacionales y precandidatos presidenciales— esta campaña está financiada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Reino de los Países Bajos además de contar con el apoyo oficial del Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Educación y Cultura, Canal 5 de Televisión Nacional y Tevé Ciudad.
El anuncio en los buses que circulan por la capital uruguaya.
El anuncio en los buses que circulan por la capital uruguaya.
En suma, la campaña se hará pública durante un mes en las radios Montecarlo, El Espectador, Océano, Aire FM, Uruguay 1050 AM Sodre y Clásica 650 AM Sodre. En televisión se emitirá el spot sólo en Canal 5 y TV Ciudad luego de que Canal 10 decidió no emitirlo. Y en autobuses, los anuncios estarán presentes en el transporte urbano de pasajeros, en 70 micros de la empresa Cutcsa.
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